LINEAS DE FIANZA:

El servicio de fianza se prestará de acuerdo con lo establecido y según los lineamientos establecidos por LA AFIANZADORA en el Reglamento Interno Operacional con código FC-GE02, existiendo una línea principal de afianzamiento y dos líneas secundarias que se prestarán siempre y cuando se haya tomado la principal, salvo disposición expresa en contrario por parte de la Junta Directiva de LA AFIANZADORA.

LINEA PRINCIPAL

Servicio de Fianza de arrendamiento:  Consiste en pagar a los Administradores Inmobiliarios los cánones de arrendamiento cuando los Arrendatarios incumplan dicha obligación contractual, hasta tanto se obtenga la restitución material del inmueble o como máximo por un periodo consecutivo de treinta y seis meses (36) meses, a partir de la fecha de constitución en mora .En cumplimiento de las normas tributarias, cuando el contrato de arrendamiento de comercio sea gravado con IVA, este valor será afianzado siempre y cuando dentro del contrato de arrendamiento se incluya dicho impuesto como obligación del arrendatario y el mismo sea indicado de manera independiente al canon dentro del formato de solicitud de ingreso a la fianza o en el evento que durante la ejecución del contrato cambie el régimen tributario.

LÍNEAS SECUNDARIAS

Servicio de fianza de cuotas de administración: Este servicio de fianza se otorgará siempre y cuando se haya afianzado el arrendamiento y solamente cuando el condominio tenga personería jurídica.  Se paga la cuota de administración mensual junto con el canon de arrendamiento.  Su costo mensual será la sumatoria del canon más la cuota de administración , a la cual se le aplicará la tarifa vigente para la fianza de arriendos.

Servicio de fianza de servicios públicos domiciliarios esenciales: Salvo que expresamente la Junta Directiva de LA AFIANZADORA disponga otra cosa, este servicio de fianza se otorgará siempre y cuando se haya afianzado el arrendamiento. La fianza de servicios públicos cubre los servicios públicos domiciliarios y se otorgará solo para servicios que tengan contadores independientes. Su costo es anual y se aplicará sobre la base afianzada la tarifa vigente para la fianza de servicios públicos.

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